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ACTUALIDAD
RECHAZO A LA PROPUESTA PRESENTADA POR LA PRESIDENTA DEL OBSERVATORIO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DEL CGPJ (CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL).

Las Asociaciones de Mujeres firmantes manifestamos nuestra oposición a la propuesta realizada por la Presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Montserrat Comas d´Argemir i Cendra, al proponer ante la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer y de Igualdad de Oportunidades del Congreso de los Diputados que la pena de alejamiento que se impone a los agresores condenados por delito de malos tratos debe estudiarse caso a caso, en lugar de ser de imposición obligatoria, como sucede actualmente.

Las Asociaciones de Mujeres firmantes, confirmamos que la pena de alejamiento supone una garantía, seguridad y protección para la mujer que ha sido maltratada; dificulta la reincidencia en el maltratador y le concede a la mujer un tiempo de recuperación.

Las razones esgrimidas por Montserrat Comas, a favor de la supresión de la pena automática de alejamiento al  agresor que ya ha sido condenado por delito de malos tratos,  se reducen a  que, a veces, son las propias mujeres quienes lo solicitan, porque la denuncia sólo era una advertencia y también porque alguna de estas condenas lo son por faltas leves.

No perdemos de vista que en alguna ocasión la propia víctima, influenciada o coaccionada por el agresor, no quiera la pena de alejamiento. Pero esta es la excepción y no se legisla para supuestos de excepción, sino para la generalidad de los casos, en los que la pena de alejamiento es una seguridad indiscutible para la mujer maltratada.

Las Asociaciones de Mujeres firmantes le recordamos a Montserrat Comas el hecho de que hay que situarse en la piel de las víctimas para entender por qué en ocasiones se retiran las denuncias, ya que es el único caso en el que se trata de denunciar a  la persona a la que se está unida sentimentalmente y en muchas ocasiones también económicamente. Y las dependencias psicológicas y económicas o el temor a la reacción del agresor porque se ha recibido una nueva amenaza están detrás de estas peticiones ocasionales de dejar sin efecto la pena de alejamiento.
En esta situación es imposible que la mujer pueda calibrar el riesgo que corre; de hecho algunas son asesinadas cuando vuelven con sus agresores.

Pero lo más importante es que NINGUNA mujer maltratada denuncia nunca como una advertencia. Cuando acude al Juzgado es que ha llegado al limite de la resistencia personal.
           
No caben nuevas reformas
en favor del condenado por maltrato. La propuesta lanzada encuentra su respuesta en la propia Constitución que  determina que las condenas "serán de obligado cumplimiento" y que la Ley no prevé en los casos de violencia de género que el perdón de la víctima justifique la suspensión de la condena impuesta al maltratador.

Respecto a la cuestión relativa a que algunas sentencias lo son por faltas leves, debemos manifestar que muchos jueces todavía consideran la amenaza de muerte una falta leve, cuando es un delito y que en los casos de condena por falta la pena de alejamiento no es obligatoria sino potestativa del juez

Además esta propuesta se hace en una situación de 58 mujeres asesinadas en el año 2005; 68 mujeres lo fueron en el año 2006 y  74 en lo que va del año 2007. Un total de 49.968 agresores han sido condenados por malos tratos hasta junio de este año; cada 12 minutos se detiene en España a un hombre por violencia de género, y uno de cada 10 arrestos que se practican es por la misma causa.

La lucha contra la violencia de género no requiere hoy suavizar las leyes a favor de los maltratadores, porque aún no hemos empezado a  ver la solución al problema que constituyen los malos tratos en nuestro país. Y la propuesta realizada desde el Consejo General del Poder Judicial la consideramos como un ataque en toda regla a la Ley Integral contra la Violencia de Género, que las Asociaciones de Mujeres defendemos y reivindicamos como muy positiva para las mujeres que se encuentran en la dolorosa situación que la ley contempla.

Luchar contra los malos tratos es en primer lugar tratar de que no vuelvan a ocurrir –y la propuesta facilita que se vuelvan a producir- y en segundo lugar ayudar a quienes han sido víctimas para que remonten la situación en el menor tiempo posible.
A las ciudadanas/os de nuestro país, no le pasará inadvertido que cuando se habla de presuntos ladrones, aquellos que causan daños  en el mobiliario de nuestras ciudades,  los que lanzan amenazas contra el orden establecido,  los que venden papelinas, etc.  No existen reticencias para que se acuerde de forma inmediata SU PRISIÓN INCONDICIONAL. Se alega en su favor la alarma social que ocasionan; si bien cuando se habla de MUJERES VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA MACHISTA, cuyo número supera a las muertes  por terrorismo, son muchas las voces que se alzan a favor de los derechos no de un presunto maltratador, sino de un maltratador sobre el que pesa una sentencia condenatoria. Es evidente que siguen estando presentes los patrones culturales y sexistas de la discriminación contra la mujer.

No debe admitirse la propuesta hecha por el CGPJ, porque supone un paso atrás en la lucha que nuestra sociedad tiene comprometida contra la violencia de género. Las Asociaciones de Mujeres firmantes estamos radicalmente en contra de dicha propuesta en nuestra condición de promotoras y defensoras de la Ley Integral aprobada por unanimidad en el Parlamento

 

 

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